Aprueba IETAM acuerdo en cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Regional Monterrey del TEPJF respecto a la modificación de lineamientos para registro de convenios de coalición y candidaturas comunes
En sesión número 40, extraordinaria urgente, celebrada en modalidad mixta, el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas aprobó el acuerdo en cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, derivada del expediente SM-JRC-47/2023, mediante el cual dicho órgano jurisdiccional modifica los Lineamientos para el registro de convenio de coalición y candidaturas comunes para los procesos electorales en el estado de Tamaulipas, aprobados mediante el Acuerdo No. IETAM-A/CG-45/2023.
La Sala Regional Monterrey consideró que, en la sentencia de mérito, se procedió a modificar el acto impugnado, para los efectos establecidos en el apartado 5, mismos que se enlistan a continuación:
5.1, se modifica la sentencia controvertida, a fin de dejar insubsistente el estudio de los artículos 30, 37, fracción I, inciso e), segundo párrafo, 39 y 40 de los Lineamientos para el registro de convenios de coalición y candidaturas comunes para los procesos electorales en el Estado de Tamaulipas, aprobados por el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas mediante Acuerdo IETAMA/CG-45/2023.
5.2., se modifica el Acuerdo IETAM-A/CG-45/2023, así como los Lineamientos aprobados en él, a fin de:
5.2.1. Suprimir en su totalidad el artículo 30 de los lineamientos aludidos.
5.2.2. Suprimir el segundo párrafo del inciso e) de la fracción I del artículo 37 de los lineamientos citados.
5.2.3. Suprimir en su totalidad el artículo 39 de los lineamientos referidos.
5.2.4. Modificar el artículo 40 de los lineamientos en cuestión, para quedar como a continuación se indica:
Artículo 40. Una vez desarrollado el procedimiento referido en el artículo 38, el Consejo General del IETAM, resolverá lo conducente dentro del plazo establecido en el calendario electoral aprobado para el proceso electoral de que se trate.
5.3. El Instituto Electoral de Tamaulipas deberá adoptar las medidas necesarias para realizar la publicación de las referidas modificaciones a la brevedad y hacerlas del conocimiento de los partidos políticos locales y nacionales con acreditación en el Estado.
En tal sentido, una vez desarrollado el procedimiento referido en el artículo 38, el Consejo General del IETAM, resolverá lo conducente dentro del plazo establecido en el calendario electoral aprobado para el proceso electoral de que se trate.
Al hacer uso de la palabra sobre esta sentencia, el consejero presidente Juan José Ramos Charre Juan José Ramos Charre, expresó que tomando en cuenta la solicitud de la representación del Partido Verde Ecologista de México, de ser necesario el instituto se encuentra en la mejor disposición para brindar alguna capacitación al respecto, máxime que el plazo para la presentación de solicitudes convenio de candidatura común y de coaliciones fenece el sábado 23 de diciembre.
Asimismo, la consejera Marcia Laura Garza Robles, manifestó que los artículos a que se ha hecho referencia corresponden a un planteamiento que se había efectuado, y que la Sala Regional sentenció que la autoridad electoral local había excedido sus atribuciones, por lo que no se debía de poner ninguna limitación o condición para que los partidos políticos que decidan participar por esta figura, puedan transferirse el número de votos que así lo determinen, en ese sentido no es que se imponga una regla adicional, o que cambien las reglas, sino que solamente se sustrae la circunstancia que se había contemplado de esa proporcionalidad y ahora será más sencillo para los partidos políticos puedan, en dado caso, convenir la transferencia de votos libremente, en caso de participar mediante candidatura común.
Mediante el acuerdo aprobado el Consejo General del IETAM instruyó a la Secretaría Ejecutiva para que las áreas atinentes realicen, de inmediato, lo siguiente: a) Efectuar la difusión de las referidas modificaciones, a través de publicación de infografías en la página web oficial del IETAM y las redes sociales institucionales. b) Realizar el impacto de las adecuaciones en los Lineamientos para el registro de convenios de coalición y candidaturas comunes para los procesos electorales en el estado de Tamaulipas, aprobados mediante el Acuerdo No. IETAM-A/CG45/2023, en los términos precisados en la sentencia, y c) Gestionar la publicación en el Periódico Oficial del Estado de los Lineamientos para el registro de convenios de coalición y candidaturas comunes para los procesos electorales en el estado de Tamaulipas modificados.
El Instituto Electoral de Tamaulipas, hace del conocimiento de la ciudadanía el presente comunicado con fines de divulgación; no obstante, el acuerdo aprobado por este órgano colegiado corresponde a la única versión oficial, pudiendo consultarse en el siguiente enlace:
https://ietam.org.mx/PortalN/Paginas/Sesiones/Documentos.aspx?anio=2023&idTdoc=2